IMPORTACIÓN
Para importar en Guatemala se debe contar con:
- Patente de Comercio,
- Registro en SAT –RTU-
- Número de Identificación Tributario (NIT)
- Registro en BANCASAT a través de su banco
- Registro en el Padrón de Importadores y/o Exportadores.
Documentos indispensables para toda importación:
- Original de Factura comercial emitida por el proveedor
- Lista de Empaque
- Original de Documento de Transporte:
- Bill Of Lading –B/L (vía marítima),
- Carta de Porte (vía terrestre) o
- Air Waybill –A/Wb- (vía aérea)
- Certificados sanitarios que correspondan de acuerdo al tipo de producto
- Certificado de origen cuando aplique
IMPORTACIÓN DE MARISCOS, CARNES, EMBUTIDOS, PRODUCTOS LÁCTEOS, ETC.:
a) Si el producto requiere MAGA, registrarse por medio de un Regente (Médico Veterinario), como importadores de productos de origen animal. El Ministerio de Agricultura definirá al analizar la solicitud que se presente si es indispensable o no una visita a las plantas productoras que serán sus proveedores.
b) Ya obtenido el registro como importador para cada importación se debe tramitar un permiso (por embarque) el cual será avalado por el Representante legal de la empresa y el regente, adjuntando para el efecto: certificado zoosanitario y certificado de origen, cuando aplique: certificado de libre venta y certificado microbiológico.
ALIMENTOS EN GENERAL Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS (incluye los que son a base de carnes):
a) Tramitar una LICENCIA SANITARIA en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; este trámite lleva un tiempo aproximado de 3 a 6 meses si cumplen con las normas sanitarias que el ministerio obliga a empresas nuevas. Es recomendable que busquen una empresa ya establecida que sea su distribuidor pues el trámite de nuevas licencias es muy tardado.
b) Si el producto es fabricado y registrado en El Salvador, Honduras, Nicaragua o Costa Rica se podrá realizar el proceso de “Reconocimiento Mutuo del Registro”, para lo cual al formulario correspondiente se deberán anexar los siguientes documentos:
- Original del Certificado de Libre Venta, reciente, emitido por el Ministerio de Salud Pública del país, en el que ellos hagan constar que el producto cuenta con registro (indican número) y fecha de vigencia.
- Cancelar el Arancel de Vigilancia por Reconocimiento Mutuo de Registro Sanitario (Q 1,650.00 por cada producto).
- En el caso de que un CLV ampare a varios productos que se vayan a reconocer, se llenara una solicitud por cada producto, acompañada de dos fotocopias simples del CLV original, resaltando en cada fotocopia del CLV el producto del que se solicita el Reconocimiento Mutuo en el folder respectivo.
- Fotocopia de la Licencia Sanitaria del Distribuidor.
c) Al contar con la licencia sanitaria, debe procederse a registrar los productos a importar en la Departamento de Regulación y Control de Alimentos del mismo ministerio. Para ello se presentan con el formulario correspondiente la documentación siguiente:
- Etiqueta original, si es en otro idioma, se adiciona etiqueta en español,
- Fotocopia de la licencia sanitaria,
- Original del Certificado de Libre Venta emitido por la autoridad sanitaria correspondiente en el país de origen y procedencia
- Dependiendo del producto se deberá verificar si corresponde o no al listado de productos de riesgo, para los que es obligatorio la presentación de la muestra para su análisis y registro.
El registro sanitario que le emitan valdrá por 5 años.
d) Tiempo de trámite 2 meses aproximados, honorarios nuestros por cada registro USD $. 100.00.
e) Los costos de los servicios del Ministerio de Salud Pública a la fecha (VER TABLA ADJUNTA)
f) Una vez obtenidos los registros sanitarios de los productos puede procederse a la importación adjuntando en cada embarque la documentación usual (factura comercial, documento de transporte, lista de empaque), debiendo tramitarles antes de la llegada del embarque al país con la factura de importación, un permiso de importación por cada embarque con base en los registros sanitarios vigentes para los productos a importar.
MEDICAMENTOS:
En el área de medicamentos es necesario contar con un profesional regente quien representará a la empresa ante el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, siendo el responsable de hacer los trámites de registros.
Cada importación que se realice, el regente la avala ante dicho ministerio en trámite previo a la importación. VER LISTA DE SERVICIOS A PAGAR
TRIBUTOS
Son los derechos arancelarios, impuestos, contribuciones, tasas y demás obligaciones tributarias legalmente establecidos, los tributos a que están afectas las mercancías que se importen al país son los siguientes:
DAI:
Derechos Arancelarios a la Importación: Alícuota calculada en base al valor CIF de la mercancía.
IVA:
Impuesto al Valor Agregado (12% sobre el CIF+DAI)
Existen mercancías con impuestos especiales, por favor consultar previo a importar